viernes, 2 de marzo de 2012

PRINCIPALES PUNTOS DE LA REFORMA

Facilita y abarata el despido: se amplía la causa de los despidos objetivos ( individuales y colectivos ) con 20 días/año de indemnización, alegando razones de competitividad, pérdidas previstas o disminución de ingresos.
En las empresas de menos de 50 trabajadores/as se podran despedir en el primer año sin indemnización, mientras la empresa tendrá bonificaciones de hasta 4500 euros y podrá aprovechar hasta el 50% de las prestaciones de desempleo de un año del trabajador/a para la desgravación fiscal.
Las bajas por IT común podrán ser motivo de despido.
Por lo tanto, los despidos serán con carácter general de 20 días/año, máximo 12 mensualidades. Reduce un 70% el precio de los despidos improcedentes.

Deja en cuarentena el derecho a la negociación colectiva: le da todo el poder a convenio de empresa, permitiendo que la empresa alegando causas objetivas pueda no aplicar el convenio durante varios años. Permite que el convenio de empresa tenga condiciones inferiores al del sector, pudiendo reducir salarios, modificar la jornada laboral, las vacaciones o cambiar las funciones propias de la categoría.
Provocará una caída brutal de los salarios y un incremento de la jornada laboral.

Amplía la precariedad en los contratos: permite la celebración de los contratos de aprendizaje hasta la edad de 33 años. El salario será de 480 euros/mes.
Autoriza a la empresa la negociación individual con el trabajador/a para la modificación del contrato, del convenio y de las condiciones generales del trabajo. incluyendo el salario.


La fuente de información pertenece al sindicato de la CIG.

No hay comentarios:

Publicar un comentario